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PERSONAL  CONTRATACION DE UN/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A

 

PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS DESDE EL DIA 23 AL 27 DE JULIO de 2010 (AMBOS INCLUIDOS)
 
 
CONVOCATORIA Y BASES ESPECIFICAS DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA CONTRATACION DE UN/A AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A PARA LA CONCEJALIA DE CULTURA.
 
 
PRIMERA: OBJETO DE LAS BASES.
 
            Es objeto de las presentes bases la formación y regula­ción del procedimiento selectivo de la contratación laboral temporal del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para la cober­tura de una plaza de Auxiliar Administrativo con destino a Cultura para la finalización de la temporada 2010 y puesta en marcha de la temporada 2011 del Cine Moderno. La duración y el tipo de contratación será por periodo de seis meses, a jornada completa y el tipo de contratación será eventual por circunstancias de la producción.
 
 
SEGUNDA: MERITOS Y REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
 
REQUISITOS GENERALES:
 
a) Ser español/a o ciudadano/a de la CEE. (Se acredita con fotocopia compulsada del D.N.I.).
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad. (Se acredita con fotocopia compulsada del D.N.I.).
            c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. (Se acredita con declaración jurada)
            d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Corporaciones Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. (Se acredita con declaración jurada)
            e) Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente.
 
MERITOS A VALORAR POR EL TRIBUNAL:
 
- Por haber realizado cursos relacionados con la atención al cliente, a razón de 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
- Por la realización de cursos de   idiomas, a razón de 0,5   puntos por idiomas, hasta un máximo de 1 punto. (Debe acreditarse documentalmente)
- Por la realización de cursos relacionados con informática, a razón de 0,5 puntos por curso hasta un máximo de 1 punto.
- Por la realización de cursos de Prevención de Riesgos Laborales, a razón de 0.5 puntos hasta un máximo de 1 punto.
 
 
 
- Por haber prestado servicios remunerados en la empresa Pública o Privada en la rama de auxiliar en el departamento de atención al publico, a razón de 0.5 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 3 puntos. (Vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa).
- Por haber prestado servicios de auxiliar administrativo en la empresa pública, al objeto de la convocatoria a razón de 0,5 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos. (Vida laboral y contratos de trabajo o certificados de empresa).
- Entrevista personal, en caso de igualdad de puntos, a fin de comprobar la adecuación del candidato al puesto a cubrir.
 
 
TERCERA: INSTANCIAS Y DOCUMENTACION A PRESENTAR.
 
            Las Bases se publicarán en el Tablón de Anuncios y las personas interesadas podrán presentar instancias durante el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezcan las bases de la convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y presentarán instancia ajustada al modelo que se contenga en cada convocatoria, junto con fotoco­pia del DNI, y demás documentación requerida, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Podrán presentarse, asimismo, en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; debiendo, en este caso, remitir al Ayuntamiento, dentro del plazo de presentación de solicitudes, copia de ésta a través de fax al nº 968 181180.
 
                        Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en la forma que determina el art. 38 de la ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo que se requiera, contado desde el siguiente al que aparezca publicado en el Tablón de Anuncios la Convocatoria. De coincidir en sábado o en día festivo, el plazo se prorroga al día hábil siguiente.
 
                        Las personas aspirantes deberán presentar junto con la instan­cia, los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos. Los datos deberán acreditarse mediante originales o fotocopias compulsadas.
 
                        Las sucesivas publicaciones y llamamientos se realiza­rán a través del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
 
 
CUARTA.-ADMISION Y SELECCION DE ASPIRANTES.
 
            1º.-Terminado el plazo de presentación de instancias, se entenderán admitidas aquellas personas que hubieren presen­tado su solicitud en tiempo y forma, la Junta de Gobierno Local, dentro del plazo máximo de 10 días, dictará una relación de aspirantes más idóneos/as para cubrir las plazas vacantes, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar.
La referida resolución expresará la baremación de cada aspirante, conforme a la puntuación establecida en los méritos específicos.
            2º.-La selección de las personas aspirantes más idóneas para cubrir las plazas vacantes se efectuará, mediante concurso, y conforme a los requisitos expresados en el apartado segundo de las presentes bases.
            3º.- La persona que no haya sido seleccionada, será llamada según el orden de puntuación obtenida para casos de provisión interina o contratación temporal de las plazas vacantes que se produzcan o por necesidad de sustitución.
 
QUINTA.- COMPOSICION DEL ORGANO DE SELECCION.
 
Presidenta: Dª. Mª Carmen Fernández Martínez, Bibliotecaria. Suplente:                    Dª. M. del Mar López Arce, Técnico de Turismo de este Ayuntamiento.
Secretario: Dª M. Ángeles López Pérez, Auxiliar Técnico Hacienda Local. Suplente:   D. Juan Manuel Villaescusa Gallego, Auxiliar Administrativo.
Vocal: Dª. Belén Gimeno Martinez, Auxiliar Administrativo. Suplente:            Dª Mª Carmen Martínez Lloris, Auxiliar Administrativa.
 
SEXTA.- CONTRATACION.
 
            El Ayuntamiento, efectuará los correspondientes llama­mientos al personal seleccionado según el orden de puntuación obtenida. El resto de personas no seleccionadas formarán la correspondiente lista de espera, pudiendo ser llamadas por orden de prelación en caso de vacancia, renuncia o enfermedad de la persona seleccionada. Para que exista contratación, se requiere un mínimo de 5 puntos, en el supuesto que no se alcanzara ese mínimo no se realizará contratación alguna.
 
            La lista de espera subsistirá hasta la celebración de la siguiente convocatoria.
 
            Notificado el llamamiento a la persona seleccionada, ésta compa­recerá en el Ayuntamiento el día que se le indique para la forma­lización del contrato correspondiente. De no hacerlo, perderá su derecho, pasándose a la siguiente de la misma.
 
SEPTIMA- INCIDENCIAS.
 
                        La Junta de Gobierno Local queda facultada para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en las Bases Generales aprobadas por Pleno de 25 de Mayo de 1998 y en la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
San Pedro del Pinatar, a 12 de julio de 2.010.
EL ALCALDE,
 
Fdo. José García Ruiz.


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